La Inquisición medieval no se
interesaba por ello. Hasta fines de la década de 1550 la Inquisición
española tampoco se ocupó del asunto. Es en Sevilla en 1559 donde
Lea encuentra el primer caso. Este autor llama la atención sobre el
importante lugar que adquieren estos casos, en cambio, en la
actividad del tribunal de Rolado durante la segunda mitad del siglo
XVI.
Todo cambia a partir de 1560: en todas
partes nos encontramos con ese giro que decididamente se confirma
como uno de los más importantes que haya dado la institución
inquisitorial.
Durante el resto del siglo XVI se dan
seis casos en Toledo y ninguno en el XVIII. Parece pues, que estamos
ante una España centralizada, planificada, que se extiende por todas
las Españas. En la década de 1570 la Suprema toma el caso por su
cuenta y generaliza la operación. Ordena perseguir la simple
fornicación por el procedimiento aplicable a la herejía e incluirla
en los delitos enumerados por el edicto de la fe, signo inequívoco
de que una voluntad consciente subyace en la acción inquisitorial.
Es una consecuencia del Concilio. En
1583, por ejemplo, el tribunal de Logroño califica de luteranas las
palabras de Pedro Camero: “ tener acceso carnal con una mujer del
partido, pagándoselo, que no era pecado mortal sino venial”.
La simple fornicación es masivamente
masculina, son jóvenes en su mayoría, sexualmente activos sin una
esposa aún.
Al principio de la campaña, los
culpables aparecen como marginales en buena parte. En lo que respecta
al lugar de residencia se observa una concentración en las ciudades.
Pero, a propósito ¿Qué es lo que se
oculta bajo las palabras de “simple fornicación”? ¿De qué
sexualidad al margen del matrimonio se trata? Ciertamente no de la
que hoy calificaríamos como liberación social. Es excepcional, en
Toledo al menos, el caso de un jornalero que declaró que:” no es
pecado hacer el amor a una mujer, con tal de que ella lo consienta.
Pues la mujer no posee otro bien que su cuerpo”. La idea del pago
es fundamental y a veces se expresa con gran fuerza. Como dijo uno de
los acusados,“ Más vale tener ayuntamiento carnal con mujeres
libres que viven de su cuerpo, que forzar a una en el camino…”.
La sexualidad, especialmente la de los jóvenes solteros, es
peligrosa a las hijas y mujeres casadas. La prostitución es una
válvula de seguridad que permite el mantenimiento del orden social.
En 66 casos se trata de apelaciones a
favor de una libertad sexual mayor. Apelaciones, que en nueve caso,
desemboca en una justificación del incesto en el sentido
eclesiástico, pero también en el sentido común.
Las penas aplicada, al menos en Toledo,
eran casi siempre públicas. En nueve casos sobre diez, el acusado
salía en auto o hacía penitencia en su pueblo durante la misa
mayor, a veces la publicidad se reforzaba con una pena de vergüenza
o flagelación.
No todo el mundo se doblegaba tan
fácilmente a los argumentos de autoridad. Algunos rechazaban
desesperadamente ver que se condena como pecado un comportamiento que
les parece natural, buscando justificaciones en todas partes.
Bigamia, simple fornicación… la acción del Santo Oficio en
materia sexual, tuvo lugar, pero siempre se mantuvo en el plano de
los principios. ¿ Cuáles fueron las repercusiones en el
comportamiento en general y la psicología de los individuos? Todavía
no lo sabemos.
Como la blasfemia, la simple fornicación es una de las cosas más extendidas y consentidas en la sociedad actual.
Como la blasfemia, la simple fornicación es una de las cosas más extendidas y consentidas en la sociedad actual.
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