Si reafirmaba principios de siempre,
también los endurecía: el matrimonio era indisoluble y el cristiano
monógamo; no se puede estar legítimamente casado con varias
personas a la vez; tan sólo la muerte de uno de los esposos libera
al otro; toda relación sexual extramatrimonial es ilícita.
El 10 de junio de 1480, don Alfonso
Carrillo, arzobispo de Toledo, reunió en Alcalá de Henares un
sínodo, donde, contrariamente a la costumbre, el problema del
matrimonio ocupó un papel muy importante.
- Por un lado lucha contra la poligamia
- Insiste sobre la prohibición del divorcio
- Evitar los matrimonios clandestinos
Recordemos que en sana doctrina son los
propios esposos quienes se pueden otorgar el sacramento. Esto plantea
un problema social, porque vistas las repercusiones del matrimonio,
las familias exigían controlarlo. Pero planteaba también y sobre
todo un problema religioso: ¿Cómo estar seguros de que un
individuo es casado o soltero, cómo garantizar el respeto de las
prohibiciones eclesiásticas?
El Concilio de Trento se contentó con
generalizar todo esto a escala de la Cristiandad, completándolo.
Aquí también el problema del matrimonio parecía importante, tanto
más cuanto que es el matrimonio sobre lo que los protestantes
hacían recaer muchas de sus críticas. La preocupación por las
implicaciones sociales de los matrimonios clandestinos era, por otra
parte unánime en toda Europa. Por primera vez, definían claramente
el matrimonio como un sacramento y proclamaban energéticamente el
derecho de la Iglesia a fijar sus reglas. Es el desenlace de la
clericalización comenzada hacia el año 1000. El control eclesiástico
se hace omnipresente.
Para que el matrimonio sea válido en
adelante se impone una triple publicación anterior de las
amonestaciones, en la misa mayor. La presencia de un cura del lugar o
un sacerdote, se convierte en obligatoria, así como la de dos o tres
testigos. El matrimonio será inscrito en un registro. Finalmente a
los esposos se les anima fervorosamente a que no vivan juntos después
de los esponsales y antes de la bendición eclesiástica.
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